Mediante el Decreto 073 del 27 de abril de 2020, el alcalde, Edwin Andrés Montes Henao, adopta el Decreto Nacional 593 de 2020 en el municipio de Sonsón.
En lo que se refiere a la adquisición de bienes de primera necesidad -alimentos, bebidas, medicamentos, dispositivos médicos, aseo, limpieza, y mercancías de ordinario consumo en la población-, solo estarán autorizados para ofrecer este tipo de bienes los supermercados, graneros, tiendas de abarrotes, carnicerías, legumbrerías, bodegas y reposterías que tengan vigente el registro mercantil en el horario de lunes a domingo, bajo las siguientes condiciones, en razón al último número de la cédula de ciudadanía o actividad económica:
La comercialización presencial de productos de primera necesidad se hará en mercados, abastos, bodegas, mercados, supermercados mayoristas y minoristas y mercados al detal en establecimientos y locales comerciales a nivel nacional, y podrán comercializar sus productos mediante plataformas de comercio electrónico y/o para entrega a domicilio.
Con el propósito de evitar situaciones de especulación y/o acaparamiento, las personas naturales, jurídicas y/o establecimientos de comercio estarán obligados a entregar la factura de venta o documento de cobro a los compradores de manera tal que las autoridades policivas y/o administrativas puedan verificar el cumplimiento de la excepción y las condiciones de la comercialización.
En lo referentes a bancos y servicios financieros
Las personas que requieran utilizar los servicios a que hace referencia los numerales 3, 29 y 34 del Decreto 593 de 2020, deberán realizarlo de acuerdo al pico y cédula antes mencionado.
- 3. Desplazamiento a servicios bancarios, financieros y de operadores de pago, casas de cambio, operaciones de juegos de suerte y azar en la modalidad de novedosos y territoriales de apuestas permanentes, chance y lotería, y a servicios notariales y de registro de instrumentos públicos.
- 29. La prestación de servicios bancarios y financieros, de operadores postales de pago, casas de cambio, operaciones de juegos de suerte y azar en la modalidad de novedosos y territoriales de apuestas permanentes, Chance y Lotería, centrales de riesgo, transporte de valores y actividades notariales y de registro de instrumentos públicos, así como la prestación de los servicios relacionados con la expedición licencias urbanísticas.
- 34. Las actividades de los operadores de pagos de salarios, honorarios, pensiones, prestaciones económicas públicos y privados; beneficios económicos periódicos sociales -BEPS-, y los correspondientes a los sistemas y subsistemas de Seguridad Social y Protección Social.
Para la ejecución de obras de construcción
En cuanto a la ejecución de obras, cualquiera sea su modalidad (construcción, mantenimiento, restauración, repotenciación u otra), debe estar respaldada por la respectiva licencia de construcción y el suministro de materiales e insumos para la ejecución de las mismas. Podrá desarrollarse en el comprendido entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m. durante los días de lunes a sábado.
La ejecución de la obra y el suministro de materiales e insumos solo se permitirá con previa aprobación del protocolo de bioseguirdad que implemente el constructor, dueño de la obra y/o ferretería.
Hoteles y restaurantes
La comercialización de los productos de los establecimientos y locales gastronómicos se permite de lunes a domingo en el horario comprendido entre las 8:00 a.m. y las 8:00 p.m. mediante plataformas de comercio electrónico o por entrega a domicilio. Los restaurantes ubicados dentro de las instalaciones hoteleras solo podrá prestar servicios a sus huéspedes.
La cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, reparación, mantenimiento, transporte, comercialización y distribución de las manufacturas de productos textiles, de cuero y prendas de vestir; de transformación de madera; de fabricación de papel, cartón y sus productos y derivados; y fabricación de productos químicos, metales, eléctricos, maquinaria y equipos. Todos los anteriores productos deberán comercializarse mediante plataformas de comercio electrónico o para entrega a domicilio.
Días y horarios para hacer ejercicio
El desarrollo de actividades físicas y ejercicios al aire libre podrán desarrollarse de lunes a sábado en los siguientes trayectos del casco urbano: entre el sector La Avenida hasta la vereda Río Arriba y desde la Estación de Servicios Buenos Aires hasta el puente de la vereda Tasajo, en el horario comprendido entre las 6:00 a.m. y las 9:00 a.m.
Los habitantes de los corregimientos y veredas podrán realizar actividades físicas y deportivas sobre vías públicas de acuerdo al horario y el pico y cédula.
Estas actividades solo se podrán realizar si las personas utilizan el tapabocas y cumplen con un distanciamiento social, mínimo de cinco metros.
Avalúos y otras actividades
Para la realización de avalúo de bienes y realización de estudios de títulos que tengan por objeto la constitución de garantías, ante entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, las entidades financieras deberán comunicar a la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana la persona o personas que desarrollarán la actividad para coordinar con las autoridades publicas el derecho de circulación.
El funcionamiento de las comisarías de familia e inspecciones de policía, así como los usuarios de estas se desarrollará de acuerdo al horario de atención al público de la Alcaldía Municipal de Sonsón, Antioquia.
La actividad de fabricación, reparación, mantenimiento y compra y venta de repuestos y accesorios de bicicletas convencionales y eléctricas se permitirá en el horario comprendido entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m. durante los días lunes a sábado.
Los parqueaderos públicos para vehículos estará permitido entre las 4:00 a.m. y las 11:00 p.m. durante los días de lunes a viernes.
Comparendo por no cumplir la ley
La violación por parte de las personas y/o titulares de las actividades señaladas en el Decreto 593 de 2020 expedido por el Presidente de la República, y el Decreto 073 del 27 de abril de 2020 expedido por la Administración Municipal, implicará el inicio del procedimiento administrativo sancionatorio que corresponda y la compulsa de copias de la actuación a la Fiscalía General de la Nación.
Fuente: Alcaldía de Sonsón