El Senado de la República aprobó en plenaria del lunes 10 de junio de 2019, la modificación a la Ley 1625 de 2013 por la cual se disminuye el porcentaje de participación para la conformación de áreas metropolitanas en el país, reduciendo el porcentual de participación de la consulta popular del 25 al 5 % del censo electoral de cada uno de los municipios que deseen asociarse.
“Recibimos con beneplácito esta modificación a una iniciativa legislativa que tuvo su génesis en nuestra Región a partir del liderazgo de la Cámara de Comercio del Oriente Antioqueño y el grupo de estudios Tertulia La Glorieta” expresó Rodrigo Antonio Zuluaga Mejía, presidente ejecutivo de la Cámara de Comercio del Oriente Antioqueño, al recordar que, «en 2010 la entidad presentó un proyecto de reforma a la Ley Orgánica 128 de 1994 o Régimen de Áreas Metropolitanas, el cual fue acogido por el Gobierno Nacional hasta su sanción bajo la Ley 1625 de 2013».
Sin embargo, en su momento la norma dejó un porcentaje de participación demasiado exigente para su consolidación, de acuerdo con las dinámicas de participación electoral. Ante esta situación y con el mismo convencimiento, desde la Cámara de Comercio se presentó a los representantes Paola Holguín Moreno, Óscar Darío Pérez Pineda, Esteban Quintero Cardona, John Jairo Bermúdez y Juan Espinal, el proyecto de reforma, quienes bajo su gestión parlamentaria como autores y con la coordinación de ponencias de Margarita María Restrepo y Santiago Valencia González, lograron su aprobación legislativa.
Para la CCOA esta iniciativa regional representa una oportunidad de integración de muchas regiones del país, incluyendo al Oriente Antioqueño, necesitadas de esta figura administrativa para el crecimiento ordenado de sus territorios, el desarrollo sostenible y el mejoramiento de su competitividad.
“Erigirse en esta figura asociativa y supramunicipal es una gran oportunidad para el Oriente Antioqueño, no solo por la factibilidad sino por la funcionalidad que ello representa para desarrollar y planificar las iniciativas que reclama con urgencia: el área metropolitana es autoridad de transporte público masivo, puede prestar servicios públicos de calidad en los municipios asociados, adopta un plan de desarrollo que debe ser validado y acogido por los concejales y alcaldes, entre otros elementos”, concibe el directivo de la Cámara de Comercio.
En síntesis, “las dificultades y necesidades que hoy tiene el Oriente Antioqueño para ser regulado integralmente, serían solventadas de la mejor manera con este instrumento, el cual llena los vacíos de competencias legales que hoy tienen los alcaldes municipales y los mismos gobernadores. Para su consolidación en nuestra Región como área metropolitana aportaremos nuestro concurso y, como siempre, nuestro decidido respaldo.”, concluye Zuluaga Mejía.
Según el Artículo 8 de la Ley 1625 de 2013, la iniciativa para constituir esta figura supramunicipal debe partir de los alcaldes de los municipios interesados, la tercera parte de los concejales de dichos municipios y el gobernador del departamento, con la refrendación popular, ahora, del 5 % de los ciudadanos que integren el censo electoral de cada uno de los municipios.
Fuente: Oficina de Comunicaciones de la CCOA