La conversación sobre la muerte digna y la eutanasia en Colombia ha tomado un giro significativo en los últimos años debido a algunos casos que han conmocionado al país. Tal como el del joven Javier Acosta quien hace más de siete años sufrió un accidente de tránsito que lo dejó en silla de ruedas durante un tiempo. Posteriormente contrajo una bacteria tras nadar en una piscina, por lo cual se le diagnosticó “osteomielitis” y luego cáncer en la sangre.
Tras una lucha constante y un tratamiento continuo, los expertos indicaban que el estado de salud de Acosta era irreversible. Por ende, el joven decidió someterse a la eutanasia, pero, ¿Cuáles son los criterios necesarios para el procedimiento?
El abogado de familia, Jimmy Jiménez, del bufete Integrity Legal, nos indica que, una persona que busque ser aspirante a eutanasía en el país, requiere cumplir con 4 requisitos básicos:
- Manifestar el consentimiento libre, informado e inequívoco.
- Haber sido diagnosticado con una enfermedad grave e incurable, según la Sentencia C-233 de 2021.
- Sufrir dolores insoportables que sean incompatibles con una vida digna.
- La eutanasia debe ser practicada por un profesional médico y contar con la autorización del Comité Científico-Interdisciplinario para Morir Dignamente.
De acuerdo con Jiménez y el Ministerio de Salud, cualquier persona mayor de 18 años en fase terminal que manifieste a su médico tratante su intención de optar por la muerte digna mediante un procedimiento anticipado, tiene derecho a ello. Este derecho también se extiende a pacientes inconscientes o incapaces de manifestar su deseo si han dejado una manifestación previa en un documento de voluntad anticipada. El procedimiento está cubierto por el Sistema General de Seguridad Social en Salud y el paciente puede desistir en cualquier momento si así lo desea.
¿Cuál es el marco legal actual en Colombia respecto a la muerte digna y la eutanasia?
El marco legal actual en Colombia se compone de varias normativas clave:
- Corte Constitucional C-233 de 2021: Esta sentencia de la Corte Constitucional amplió el derecho a la eutanasia al eliminar la condición de que el paciente debe estar en estado terminal. Según la sentencia, cualquier persona que padezca una enfermedad o lesión grave e incurable que cause sufrimiento intenso puede solicitar la eutanasia.
- Sentencia C-164 de 2022: La Corte Constitucional declaró exequible el artículo 107 del Código Penal, que tipifica la ayuda al suicidio bajo ciertas condiciones. La sentencia establece que no se incurre en delito si la ayuda es prestada por un médico, con el consentimiento libre, consciente e informado del paciente, y si el paciente sufre una enfermedad grave e incurable que cause sufrimiento intenso.
- Resolución 971 de 2021: Emitida por el Ministerio de Salud y Protección Social, esta resolución regula el procedimiento para la recepción, trámite y reporte de las solicitudes de eutanasia, así como la organización y funcionamiento del Comité encargado de hacer efectivo el derecho a morir con dignidad.
- Sentencia T-970 de 2014, Resolución 1216 de 2015: La Resolución 1216 de 2015, emitida en cumplimiento de la Sentencia T-970 de 2014, regula y garantiza el derecho a la eutanasia en Colombia, permitiendo que los pacientes terminales puedan optar por una muerte digna bajo condiciones específicas y supervisadas.
En Colombia, la eutanasia es una posibilidad ya establecida legalmente, no obstante, para acceder a este procedimiento, es necesario cumplir con los requisitos legales mínimos previamente mencionados.
Por: Sebastián Ibáñez, PR del bufete de abogados Integrity Legal
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